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Uber tiene luz verde para operar en otra provincia argentina

Se autorizó en Corrientes el funcionamiento del servicio brindado por las aplicaciones de movilidad urbana como el que ofrece Uber.

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El 27 de diciembre, el Concejo Deliberante de Corrientes aprobó, en sesión extraordinaria, la ordenanza
que regula el sistema de transporte privado de pasajeros, incluyendo el servicio que brindan las
plataformas digitales de movilidad como Uber.

La ordenanza obtuvo el apoyo unánime de todos los miembros del Concejo, que representan a más de
diez espacios políticos. El proyecto de ordenanza fue presentado a principios del mes de noviembre por concejales pertenecientes al bloque oficialista.

Tras un proceso de audiencia pública, en el cual las comisiones de Obras y Legislación convocaron a
taxistas, remiseros, socios conductores de aplicaciones digitales y representantes de plataformas, los
concejales autores del proyecto y las autoridades municipales realizaron diversas modificaciones para
luego aprobar el texto sancionado.

Uber fue convocada y participó de la audiencia pública, exponiendo y respondiendo preguntas realizadas
por miembros de las comisiones de Obras y Legislación del Concejo Deliberante.

“Corrientes ha dado un paso decisivo en la integración de soluciones de movilidad para quienes viven
y visitan Corrientes. La ciudad se convierte así en el tercer distrito en tener una regulación que
contempla las plataformas de movilidad, avanzando en el debate sobre la evolución de la movilidad
urbana y el futuro de las ciudades. Desde Uber queremos ser parte del futuro de Corrientes, para
seguir acercando soluciones de movilidad confiables y seguras a través de nuestra tecnología y
contribuir a la generación de oportunidades económicas», destacó Juan Labaqui, Director de Comunicaciones de Uber, Cono Sur.

Acerca del proyecto. Define a las EMPRESAS DE TRANSPORTE PRIVADO POR PLATAFORMA ELECTRÓNICA como
personas jurídicas que promuevan, promocionen o incentiven el uso de tecnologías o aplicaciones propias
o de terceros que permitan acceder a los usuarios al Sistema de Transporte por Plataformas Electrónicas

Los socios y socias conductoras son definidos como los prestadores del servicio. La normativa establece como obligaciones de los prestadores:
⮚ Obtener la habilitación comercial municipal.
⮚ Garantizar que la operatoria y el servicio cumplan con la legislación vigente.
⮚ Los vehículos afectados al servicio de transporte privado deben contar con una antigüedad máxima
de 12 años.
⮚ Los vehículos deben estar radicados en la ciudad de Corrientes para prestar servicios. Aquellos no
radicados podrán hacerlo igualmente abonando una tasa diferencial, establecida en la ordenanza
tarifaria.

 

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